El 20 por ciento del beneficio de la empresa creada con solo 1 euro irá a reservas hasta sumar los 3.000 euros

20/08/2021 | Derecho de empresa

El 20 por ciento del beneficio de la empresa creada con solo 1 euro irá a reservas hasta sumar los 3.000 euros

20/08/2021 | Derecho de empresa

Además, en caso de liquidación, si el patrimonio de la sociedad fuera insuficiente para atender el pago de las obligaciones sociales, los socios responderán solidariamente de la diferencia entre el importe de 3.000 euros y la cifra del capital suscrito.

Se deroga la regulación de las sociedades en régimen de formación sucesiva, por lo que las sociedades que con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de esta ley estén sujetas a lo dispuesto en el artículo 4 bis del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, podrán optar por modificar sus estatutos para dejar de estar sometidas al régimen de formación sucesiva y regirse, mientras su capital social no alcance la cifra de 3.000 euros por estas mismas reglas reglas aplicando el nuevo apartado 3 del artículo 4 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

Sociedad nueva empresa

Por otra parte, desaparece la actual regulación de la sociedad nueva empresa, al considerar el prelegisldor que ya ha quedado obsoleta y superada en eficiencia y flexibilidad por la normativa general de sociedades de responsabilidad limitad. Por ello, estas sociedades nueva empresa ya existentes a la entrada en vigor de esta ley deberán regirse por las disposiciones reguladoras de las sociedades de responsabilidad limitada y utilizarán la denominación SRL.

Tramitación telemática
La futura normativa aboga por impulsar de forma decidida la utilización del sistema de tramitación telemática Centro de Información y Red de Creación de Empresa (Circe) y el Documento Único Electrónico (DUE), como ventanilla única que viene gestionando y desarrollando, desde el año 2003, la Dirección General de Industria y de la pyme del Ministerio de Industria Comercio y turismo.

También se establece la obligación, para los notarios y los intermediarios que asesoren y participen en la creación de las sociedades de responsabilidad limitada, de informar a los fundadores de las ventajas de emplear los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) y el Centro de Información y Red de Creación de Empresa (Circe), para su constitución y la realización de otros trámites ligados al inicio de su actividad. El Anteproyecto determina os términos en que habrá de ejercerse esta obligación que se determinarán reglamentariamente.

Agencia Electrónica Notarial
Con el objeto de mejorar el funcionamiento de Circe, se refuerza la obligación, para todos los notarios, de estar disponibles en la Agencia Electrónica Notarial regulada en el artículo 8 del Real Decreto 421/2015, de 29 de mayo, por el que se regulan los modelos de estatutos-tipo y de escritura pública estandarizados de las sociedades de responsabilidad limitada, se aprueba modelo de estatutos-tipo, se regula la Agenda Electrónica Notarial y la Bolsa de denominaciones sociales con reserva. Esta obligación parece desprenderse del artículo 8 del citado reglamento, pero se opta por hacerla explícita en la futura ley.

Los documentos redactados en lengua extranjera tendrán que acompañarse de una traducción al español por traductor jurado. Esta obligación se entiende sin perjuicio del régimen lingüístico aplicable en las Comunidades Autónomas en las que otras lenguas españolas distintas del castellano son también oficiales.

Los documentos públicos extranjeros deberán ir provistos de la correspondiente apostilla o legalización diplomática, salvo en los casos exceptuados por disposición de la ley o de los convenios internacionales vigentes en España.

Otra de las novedades se refiere a que la publicación de la inscripción de la sociedad en el Boletín Oficial del Registro Mercantil estará exenta del pago de tasas.

La reforma de Circe se completará con la próxima transposición de la Directiva (UE) 2019/1151 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 en lo que respecta a la utilización de herramientas y procesos digitales en el ámbito del Derecho de sociedades. Esta directiva exige, entre otros aspectos, que una sociedad de responsabilidad limitada pueda registrarse íntegramente en línea en unos plazos determinados.

Crece el catálogo de actividades económicas exentas de licencia
El Anteproyecto de Ley de Creación y Crecimiento de Empresas amplía el catálogo de actividades económicas exentas de licencia, incorporándose al listado estatal las que se hayan considerado inocuas por la menos una comunidad autónoma. Así, se modifica la Ley de Garantía de Unidad de Mercado para profundizar en la cooperación y confianza mutua entre Administraciones y reforzar las ventanillas en las que las empresas pueden reclamar cuando consideran que aquellas no cumplen los principios de buena regulación económica. Cuando, para una actividad concreta, existan normativas que, no obstante, sus posibles diferencias técnicas o metodológicas, fijen un estándar de protección equivalente entre diferentes lugares del territorio español, las autoridades velarán por que un operador económico legalmente establecido en cualquier parte del territorio español pueda ejercer su actividad económica en todo el territorio nacional. Las que establezcan límites para su desarrollo deberán motivar su necesidad en la salvaguarda de alguna razón imperiosa de interés general de entre las comprendidas en el artículo 3.11 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre.

FUENTE: EL ECONOMISTA