La Justicia perdona 260.000 euros a una mujer cuya insolvencia se produjo porque su expareja dejó de pagar la hipoteca

12/01/2024 | Derecho, Derecho Bancario, Derecho Civil, Derecho Fiscal y Tributario, Derecho penal

Ambos propietarios habían pactado ante notario que él se haría cargo del pago del inmueble, pero la mujer desconocía que el banco tenía que estar presente para dar su consentimiento

El Juzgado Mercantil número 1 de Toledo ha perdonado —aplicando la Ley de la Segunda Oportunidad— alrededor de 260.000 euros a una vecina de Ocaña cuya deuda se originó cuando su expareja dejó de pagar la hipoteca de la vivienda que ambos habían adquirido. Una falta de compromiso que se produjo pese a que ambos habían llegado a un acuerdo notarial en el que él se comprometía a hacerse cargo del inmueble.

De acuerdo con la información proporcionada por Bergadà Asociados, despacho encargado de llevar el caso, la mujer se encontraba en situación de insolvencia desde hace 17 años debido a un crédito hipotecario pendiente que gravaba su antigua vivienda en Villaviciosa de Odón, donde vivía con su expareja. Ambos habían adquirido la casa por aproximadamente 371.000 euros pero, tras su ruptura en el año 2006, acudieron a un notario para disolver la comunidad de bienes.

En dicho acuerdo, la mujer y su expareja decidieron que él continuaría viviendo en la casa asumiendo la totalidad de la hipoteca pendiente. Sin embargo, la mujer no requirió de la presencia y de la autorización explícita del banco a la hora de llevar a cabo dicho pacto, ya que, tal y como explica, «en ese momento, desconocía que la entidad bancaria también tenía que estar presente». Por ello, aunque durante un tiempo el domicilio estuvo alquilado por el hombre, quien cobraba las rentas, nunca llegó a pagar las correspondientes cuotas de la hipoteca. Frente a ello, finalmente el banco ejecutó la hipoteca y la subastó, sin liquidar la deuda por completo.

«Me quedé helada y me quería morir»

Dos años después, cuando la mujer acudió a un banco para solicitar una nueva hipoteca para adquirir otra vivienda, la mujer se sorprendió al descubrir que quedaba un saldo pendiente de la hipoteca anterior, ya que su expareja no había cumplido con las obligaciones de pago. La cantidad pendiente, debido a los intereses, rondaba los 400.000 euros. «Me quedé helada y me quería morir», sentencia.

A partir de entonces, se inició un proceso de ejecución contra la mujer para saldar la deuda pendiente de la hipoteca, lo que la llevó a pedir ayuda a familiares y amigos. La deuda aumentó al no poder hacer frente a los pagos, y más adelante la insolvencia se agravó cuando redujo su jornada laboral para hacerse cargo de sus dos hijos menores de edad. Fue entonces cuando, desesperada, se puso en contacto con el despacho Bergadà Asociados, especialistas en la Ley de la Segunda Oportunidad.

Tal y como explica la socia fundadora de Bergadà Asociados y abogada que ha llevado el caso, Marta Bergadà, «rápidamente vimos que era una deudora de buena fe y que se había visto inmersa en una situación de insolvencia por un hecho del cual ella no tenía conocimiento». Ante ello, señala que «ante cualquier situación de insolvencia, generada por terceras personas, siempre hay que tener presente que si se es deudor de buena fe y se cumple con los requisitos de acceso a la exoneración del pasivo insatisfecho, dichas deudas pueden ser perdonadas. Es muy importante que la sociedad lo conozca, ya que esa pesada carga que llevan los deudores puede ser eliminada gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad».