12.000 euros de indemnización para un paciente que resbaló de camino a la sala de resonancia

29/05/2023 | Derecho, Derecho Civil

Los sanitarios pidieron al enfermo permanecer en calcetines y no le dieron el calzado adecuado, lo que provocó el resbalón

La Audiencia Provincial de Pontevedra condena a un centro médico al pago de 12.000 euros a un paciente por la caída que sufrió de camino a la sala de resonancias. El paciente se iba a hacer una prueba y el personal le indicó que permaneciese en calcetines. En ningún momento le dieron calzado adecuado antideslizante, ni se le advirtió sobre el riesgo de resbalones debido a la tarima de madera.

Así, el paciente al dirigirse a la Sala se resbaló y la caída le provocó una luxación en el brazo. El afectado recurrió en primera instancia, pero esta falló desestimando su pretensión. Ahora la Audiencia Provincial revoca la anterior sentencia dando la razón al paciente.

Responsabilidad de la empresa

La Sala indica que la conducta del centro sanitario es reprochable, pues el centro debió proporcionarle un calzado, material o piso antideslizante o  haberle advertido del riesgo de caidas por el material del suelo

La no adopción de estas medidas de diligencia conlleva la concurrencia del nexo causal entre el daño que se produce y la conducta negligente, con la consiguiente declaración de responsabilidad a los efectos dispuestos en el art. 1902 CC y los arts. 147 y concordantes LGDCU.