Para que la ley fuera más eficiente, según apuntan desde CIAE, las Administraciones Públicas deberían conceder más flexibilidad a fin de que se pudieran salvar más empresas, lo que redundaría en mayores ingresos fiscales y de la Seguridad Social a medio plazo.
A pesar de todo ya existen jueces que han cancelado deuda pública, e incluso se ha publicado una sentencia del Tribunal Supremo que permite a los autónomos que puedan librarse de hasta el 75% de su deuda con Hacienda y la Tesorería General y comenzar de cero. Consideran que esta mejora de la Ley debería ser tomada en cuenta por los trabajadores autónomos endeudados y utilizarla como salvavidas.
Millar y medio de acogidos
Datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) muestra que en 2018 se acogieron a este sistema 1.504 personas físicas y 333 autónomos en toda España, frente a los 1.036 particulares y 240 autónomos del año 2017. Las cifras contrastan con las de países europeos como Italia, Alemania o Francia, en los que existen mecanismos de segunda oportunidad desde hace más de siete años, y allí se realizan aproximadamente entre 100.000 y 150.000 casos anualmente.
A pesar de todo, según datos oficiales, los procedimientos concursales de los autónomos han aumentado un 9,1% durante el tercer trimestre del año 2019 respecto al mismo período del año anterior destacando el incremento de concursos de empresas, no de personas físicas ni autónomos.
Evitar el sobreendeudamiento
No obstante, desde la Confederación Intersectorial de Autónomos del Estado Español (CIAE) recomiendan a los autónomos que eviten el sobreendeudamiento, que salgan del bloqueo económico de sus actividades económicas y utilicen la vía de la Ley de Segunda Oportunidad y el proceso concursal para negociar el pago de las deudas o su cancelación.
FUENTE: CINCO DÍAS
Como consecuencia del desarrollo de la Ley de Segunda Oportunidad, la cantidad disponible de créditos fáciles al consumo y la desaceleración económica se está produciendo un incremento del número de concursos de acreedores de personas físicas, que es inédito en España
En 2019 se registraron 4.483 concursos y 26.342 disoluciones en España, según el Estudio sobre Concursos y Disoluciones realizado por INFORMA.
n total de 51 familias en la Comunidad de Madrid se declararon en concurso de acreedores (suspensión de pagos y quiebras) en el tercer trimestre del año, lo que supone un incremento del 8,5 por ciento con respecto al mismo periodo del año anterior (cuando se dieron cinco casos menos).
La quiebra de Thomas Cook y la declaración en preconcurso o concurso de acreedores de varias de sus filiales españolas ha arrastrado ya a los juzgados de lo Mercantil a varias empresas mallorquinas.
Desde 2013 no se alcanzaba un número así de alto en concursos de acreedores, habiéndose presentado en el segundo trimestre de 2019 casi 3.000. Esta subida supone un aumento del 23% con respecto a dicho periodo en 2018, siendo el tercer trimestre consecutivo de incremento.
Estamos acostumbrados a escuchar las situaciones de insolvencia que acechan a las sociedades mercantiles y que terminan solicitando el concurso de acreedores pero, ¿puede una persona natural encontrarse en dicha situación y acceder a la vía concursal? La respuesta es afirmativa, y nos la concede el propio artículo primero de la Ley Concursal: “1. La declaración de concurso procederá respecto de cualquier deudor, sea persona natural o jurídica”. Para ello, solo necesitamos dos cosas: una situación de insolvencia (actual o inminente) y, evidentemente, acreedores.