Fuente: elEconomista
El Tribunal Supremo ha establecido la nulidad parcial de las hipotecas multidivisa por su falta de transparencia, adaptando así la doctrina establecida el pasado 20 de septiembre por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Las hipotecas multidivisa se tramitan principalmente en yenes japoneses y francos suizos con el objetivo de aprovechar la diferencia del tipo de cambio con la divisa elegida respecto del euro, aunque si la moneda única se devalúa las cuotas se incrementan.
La Sala descarta que estas cláusulas fueran objeto de negociación individual y quedaran por ello excluidas del ámbito de aplicación de la directiva europea sobre cláusulas abusivas; por el contrario, explica que se trata de cláusulas que definen el objeto principal del contrato, sobre "las que existe un especial deber de transparencia".
Su falta de transparencia ha generado en los clientes un grave desequilibrio, "en contra de las exigencias de la buena fe", puesto que, al ignorar los graves riesgos que entrañaba la contratación del préstamo, "no pudieron comparar la oferta del préstamo hipotecario multidivisa con las de otros préstamos", lo que agravó su situación económica y jurídica.
Las entidades financieras, prosigue el Supremo, deben facilitar a los prestatarios la información suficiente para que éstos comprendan "no sólo su contenido formal y gramatical, sino también su alcance concreto".
Falta de transparencia
Por todo ello, la Sala considera que las cláusulas cuestionadas no superan el control de transparencia, por lo que declara la nulidad parcial del préstamo y la eliminación de las referencias a la denominación en divisas, de modo que la hipoteca queda como un préstamo concedido y amortizado en euros.
El Supremo aclara también que la nulidad total supondría "un serio perjuicio para el consumidor", que se vería obligado a devolver de una sola vez la totalidad del capital pendiente de amortizar, y explica que esta nulidad parcial es posible por el régimen contractual previsto en el préstamo hipotecario.
El TJUE consideraba que las entidades bancarias deben comunicar no sólo la posibilidad de apreciación o depreciación de la divisa del préstamo, sino también los efectos en las cuotas de las variaciones del tipo de cambio y de una apreciación del tipo de interés de la divisa del préstamo.
Pérdida media de 200.000 euros
Según los últimos datos facilitados por la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), los españoles con hipoteca multidivisa han perdido una media de 200.000 euros en cada uno de los 70.000 préstamos de esta modalidad que se han comercializado en España.
De estos préstamos, según Asufin, un 46% es en yenes y un 52% en francos suizos, monedas que se apreciaron significativamente durante la crisis, por lo que los bancos acumularon un total de 13.160 millones de euros en préstamos en divisas.
El Tribunal Supremo considera que si el cliente tuviese que pagar las costas se produciría un efecto disuasorio inverso.
La juez que consultó al Tribunal de la UE cree que la última sentencia “revierte totalmente la situación”; los consumidores calculan que la factura para la banca puede alcanzar los 947 millones de euros.
El Tribunal Supremo aclaró a mediados de julio el alcance de la sentencia de mayo de 2017 del Tribunal Constitucional (TC), que anula parte de los artículos que sustentan el pago del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), siempre y cuando haya una minusvalía.
Tras la entrada en vigor de la nueva ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, existen una serie de gastos que corresponden a los clientes mientras que otros corresponden a la entidad financiera.
El Consejo General del Notariado ha adoptado por unanimidad un acuerdo que permitiría a los notarios la autorización electrónica de las pólizas para la financiación de empresas y particulares en la plataforma electrónica notarial y a través de videoconferencia.
Las entidades financieras están revisando sus estrategias comerciales en medio de la pandemia del coronavirus.
Barclays calcula que el posible coste neto para la banca si el Tribunal de Justicia de la Unión Europea emite una sentencia desfavorable por el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) el próximo 3 de marzo ascenderá a 3.600 millones de euros.
El Supremo ha admitido a trámite la demanda contra Bankinter, que ya perdió en primera instancia el juicio por el cual se declararon nulos los ‘swaps’ o contratos de permuta financiera, un producto financiero que servía como seguro frente a posibles subidas de interés del Euribor, y que emplearon hasta 2008.
La banca se resiste a rectificar en todos los casos donde el Banco de España da la razón a sus clientes e ignoró el 21,89% de los pronunciamientos emitidos por el organismo hasta octubre donde juzgó que la entidad obró mal.
Según esta resolución, el Tribunal considera que la extinción del contrato de préstamo no priva al consumidor de reclamar el dinero que se le cobró indebidamente.
Quienes hayan tenido una hipoteca con cláusulas abusivas, podrán ahora reclamar su nulidad y la restitución de lo indebidamente pagado aunque el préstamo se haya extinguido.
Un 80% de los afectados por abusos de la banca cree que el TJUE se posicionará del lado de los afectados por este índice al que se referenciaron las hipotecas
La proximidad de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el IRPH ha hecho que muchos afectados por este índice hipotecario se planteen la posibilidad de reclamar.
El juicio por el debut bursátil de la entidad quedó visto para sentencia este miércoles, 10 meses después de su arranque. Algunas acusaciones plantean que una reciente sentencia del Tribunal Supremo que afecta a la entidad podría abrir la puerta para que los pequeños accionistas reclamasen nuevas compensaciones.
Ya ha entrado en vigor, después de años de espera y de polémicas resoluciones judiciales, la conocida como nueva ley hipotecaria, cuyo nombre técnico es Ley 5/2019 de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.
El despacho de abogados de los hermanos montisonenses Jorge y Javier Vilarrubí ha sido reconocido con un premio nacional que distingue su trabajo en derecho bancario. La concesión del galardón "Mejor despacho en Derecho Bancario 2018" ha tenido lugar el 22 de febrero en el hotel The Westin Palace de Madrid en la IV Gala de Premios Nacionales De Ley.
El Congreso de los Diputados ha culminado hoy la tramitación de la nueva ley hipotecaria, tres años más tarde de marzo de 2016, la fecha en la que tendría que haberse implantado la normativa, originaria de una transposición europea. Con la aprobación de la normativa, el Ejecutivo se libra así de asumir la multa anunciada por la Comisión Europea por la tardanza de la entrada en vigor de la ley. Europa amenazó a España con una sanción de 106.000 euros por día de retraso que ya ascendía a los 110 millones de euros. No obstante, con la norma aprobada antes de que se haya recibido la multa, el Estado se salva de asumirla.
El Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha dictado varias sentencias fijando doctrina sobre algunas cuestiones relativas a cláusulas abusivas en contratos con consumidores sobre las que aún no se había pronunciado.
La Junta Única de Resolución (JUR) europea ha publicado esta mañana el informe de valoración elaborado por Deloitte en el que se concluye que si el Banco Popular hubiera ido a una liquidación ordinaria en vez de, como ocurrió, ser intervenido por las autoridades europeas, "las pérdidas totales habrían sido sustancialmente mayores que las pérdidas en resolución".
El Tribunal Supremo intenta arrojar luz sobre quién debe pagar los gastos de una hipoteca. El Pleno de la Sala Primera de lo Civil ha dictaminado varios aspectos: primero, el cliente es el que tiene que encargarse del impuesto de Actos Jurídicos Documentados, es decir, del 75% de la factura de constitución de un préstamo, mientras que los gastos notariales deben ser repartidos a partes iguales y las copias, a quien las solicite.
La manipulación del Índice de Volatilidad (VIX) que gestiona la Chicago Board Options Exchange (CBOE) estaría generando pérdidas de hasta casi 2.000 millones de dólares al año, según ha desvelado un individuo anónimo.
"La mera referenciación a un tipo oficial como es el IRPH no implica falta de transparencia ni abusividad" expone el Alto Tribunal.
La cuenta atrás para que Mifid II entre en vigor en enero de 2018 ha comenzado. La nueva normativa tiene como objetivo principal dotar de mayor transparencia al mercado, pero también provocará una carestía de seguimiento para muchas cotizadas. A partir de enero, los gestores tendrán que pagar a bancos y a brokers de manera directa por el análisis, un cambio radical con respecto a la práctica actual de combinar los costes con los de las comisiones de trading al que tendrán que adaptarse rápidamente.